La restricción prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el país durante 48 horas, en el marco de la jornada electoral del domingo 7 de junio. Su incumplimiento acarrea sanciones administrativas y penales.

Las autoridades electorales recordaron a la ciudadanía que la denominada ley seca entrará en vigencia con motivo de la segunda vuelta presidencial. La medida comenzará a regir a las 8:00 de la mañana del sábado 6 de junio y se extenderá hasta las 8:00 de la mañana del lunes 8, como parte de las disposiciones orientadas a garantizar el orden durante los comicios.

Durante ese periodo quedará prohibida la comercialización y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional. La normativa contempla, además, el cierre de los establecimientos o espacios dedicados exclusivamente al expendio de este tipo de productos, en cumplimiento del artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones.

El incumplimiento de la restricción no constituye únicamente una falta administrativa: la legislación electoral prevé también consecuencias penales para los infractores, por lo que se exhortó tanto a comercios como a consumidores a respetar los plazos establecidos.

La ley seca forma parte del paquete de medidas que históricamente acompaña los procesos electorales en el país, junto con otras restricciones vigentes en los días previos a la votación, y su aplicación impacta de manera particular en rubros como restaurantes, bares y centros de entretenimiento nocturno.

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